Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 19 de octubre de 2023, por el abogado SEBASTIÁN NASTARÍ, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada ENI VENEZUELA B.V., contra la sentencia de fecha 18 de octubre de 2023, dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, que declaró IMPROCEDENTE la petición realizada por la citada parte, todo lo cual guarda relación en la demanda incoada por el ciudadano JESÚS RAFAEL ADAMES MARTÍNEZ contra las entidades de trabajo ENI VENEZUELA B.V. e INTER–CON SECURITY SYSTEMS DE VENEZUELA, C.A., partes plenamente identificada en los autos,.....