DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por el abogado Jesús Domínguez en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada, en contra de la sentencia de fecha 27 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda REVOCADA en los términos expuestos en el presente fallo.
Segundo: Se DESESTIMA la denuncia de fraude procesal efectuada por la representación judicial de la parte demandada.
Tercero: Se ANULAN todas las actuaciones procesales acaecidas en el juicio que por cobro de bolívares incoara la empresa AMERICAN HAPPY TIR.....