-VI-
-DECISIÓN-
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo interpuesto por el ciudadano Abg. CARLOS EDUARDO QUESEDO URIBE, titular de la cédula de identidad N° V-19.883.365, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 161.468, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil "DISTRIBUIDORA JJ CAR C.A.", contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo por vía de hecho conjuntamente con amparo cautelar interpuesto.
TERCERO: SE LEVANTA la medida de amparo cautelar decretada en fecha 17 de febrero de 2022.
CUARTO: Se deja constancia que la presente decisión fue dictada dentro del lapso de ley, por lo que se considera.....