IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de lo antes establecido y decidido, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 4 de junio de 2009, por el abogado HECTOR COLL en su condición de apoderado judicial del demandante ciudadano GORKA ERAMUN DORRONSORO BELTRAN DE GUEVARA, contra la decisión dictada en fecha 24 de marzo de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa del ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la Ley de admitir la acció.....