PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO propuesto por la parte demandada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, en contra del auto de fecha 25 de noviembre de 2010, dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 14 de julio de 2009, con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales (Recurso de Revisión interpuesto por la Procuraduría General del Estado Portuguesa en contra del el fallo dictado el 13 de mayo de 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa). TERCERO: Se ordena la notificación al Síndico Procurador Municipal de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA del presente fallo, de conformidad con lo estableci.....