Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: CONDENA al acusado: CARLOS EDUARDO LINARES ZAPATA, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia estado Carabobo, nacido en fecha 09-08-1992, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 24.327.420, de profesión u oficio Comercio Informal, domiciliado en el Urbanización Ciudad Chávez, Avenida Principal. Torre 24, Apto 1-3, Municipio Valencia estado Carabobo, ACTUALMENTE RECLUIDO EN LA POLICIA NACIONAL BOLIVARIANA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION más las accesorias de Ley, se le exonera del pago de costas procesales en virtud del principio de la gratuidad de la Justicia, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en el arti.....