En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, JESUS RAMON BLANCO MERENTES e HILDA ROSA OLMOS RODRIGUEZ, antes identificados,  en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 24/09/09, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
EL JUEZ 
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
					LA SECRETARIA 
				 	
ERICA CENTANNI SALAVATORE