Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, solicitada por las ciudadanas ANA KARENINE ESTRADA VEZGA, ANA KARYN ESTRADA VEZGA y ANA KARINA ESTRADA VEZGA, debidamente identificados en autos, y en consecuencia, se tiene como RECONOCIDO el instrumento privado que corre inserto al folio dos (2) de la presente solicitud, con fundamento en el
artículo 1.364 del Código Civil en concordancia con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
PUBLIQUESE REGISTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Guacara, a los Diecinueve (1.....