: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio Contencioso interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO HERNANDEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.464.351, en contra de la ciudadana MILENA MARIA BRICEÑO PALOMARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.043.502, con fundamento en la causal 2° del artículo 185 del Código Civil venezolano. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre los ya citados ciudadanos, según consta del Acta Nº 289,Tomo 1, Año 2007 de fecha 14 de Septiembre de 2007, emanado del Registro Civil del Municipio San Diego estado Carabobo, en la cual se ordena estampar la correspondiente nota marginal. TERCERO: Las instituciones familiares en favor del niño Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, son fijadas por este tribunal a .....