"...este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado JONATHAN MARCELLA SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 230.601, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JONNY JOSÈ OLIVEROS LOPEZ, , SULIMAR JUDITH CAÑIZALEZ FLORES, VICENTE SEGUNDO RODRIGUEZ TOVAR Y ANDREINA JOHANNA COLMENARES PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nro. 16.245.769, 11.556.513, 7.305.678 y 17.681.810, mediante el cual interpone acción de Amparo Constitucional, en cuyo contenido se señala como presunta agraviante al SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENTIDAD DE TRABAJO PANADERIA Y PASTELERIA LOS MAGALLANES, C.A. (SINTRAENPAM),..."