III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana YUSMARI MILAGROS MONTOYA MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.355.446, asistida por el abogado MANUEL SEBASTIÁN HERNÁNDEZ ALIENDO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 316.689, en contra del ciudadano ÁNGEL JOAN BACA GALINDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.199.987. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 09 de julio de 1999, por ante la oficina de Registro Civil de la Parr.....