declara; Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 25 de febrero de 2010, el cual queda confirmado, y como consecuencia de ello se imponen las costas a la parte recurrente por haber sido conformado el fallo apelado. De igual forma, se deja constancia que la presente audiencia ha sido grabada por un técnico del Departamento de Técnicos Audiovisuales, en un disco compacto que será guardado en sobre precintado por dicha oficina para su resguardo y custodia. Asimismo, por cuanto la presente acta contiene las razones de hecho y de derecho que motivaron a este Tribunal a tomar la decisión antes dictada, se tiene como texto de la sentencia misma, que será registrada y publicada como tal en el sistema Juris 2000