Por los razonamientos expuesto, este Tribunal Mixto Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD ABSOLVIO al ciudadano JORGE LUIS OLIVAR ORELLANA, titular de la Cédula de Identidad. N° 16.278.605, de la comisión del delito DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se dejaron sin efecto cualquier tipo de medida de coerción personal decretadas por el Tribunal de Control o de Juicio durante el proceso. No hay condenatoria en costas en virtud de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por cuanto la presente sentencia se pública fuera del lapso legal, se ordena librar boletas de notificación de la .....