Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al penado Leonel José Millán Rodríguez, venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, nacido el 25-10-87, titular de la Cédula de Identidad N° 18.591.065, hijo de Aleida Rodríguez y Leonel Millán y domiciliado en el sector San Martín, Calle Valle Nuevo, Casa N° 53, Carúpano, Estado Sucre, quien fuera condenado a cumplir la pena de Cuatro (4) Años De Prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito De Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31.....