En orden a los hechos expuestos anteriormente, éste Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS, opuestas por el Ciudadano: DANIEL
ANTONIO SANCHEZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-12.932.103, en contra de la demanda por intimación incoada en su contra por el Ciudadano: LUIS FELIPE OJEDA PERELLI, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Numero: V-3.286.561, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.164, actuando en su carácter de ENDOSATARIO EN PROCURACION, de la Sociedad de Comercio "DISTRIBUIDORA LA GRAN BATALLA".
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado del Munici.....