DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación propuesto por JUDITH TRILLO, Defensora Público Penal Centésima Décima Primera (111º), actuando en su carácter de defensora del ciudadano ANGEL RAMON CABELLO.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Juez VERONICA SOTO, el 20 de enero de 2015, en la cual decretó la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad, conforme a los parámetros de los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO L CALIFICADO CON MOTIVOS FUTILES previsto .....