Declara: 1.- DESISTIDO EL "PROCESO" y no la acción incoada por el ciudadano NELSON A. GARCÍA AZUAJE contra la entidad de trabajo denominada "MSD FARMACÉUTICA COMPAÑÍA ANÓNIMA", ambas partes identificadas en la presente decisión, conforme al artículo 151 LOPT. En virtud que todos los motivos de hecho y derecho considerados para tomar esta decisión están contenidos en la presente acta y que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 159 eiusdem, se considera a la misma –al acta- como la sentencia escrita o in extenso correspondiente haciéndose innecesaria una reproducción posterior, todo con base al principio de concentración establecido en el artículo 2° eiusdem. 2.- No se condenan en costas al accionante por el salario que devengaba. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive. 4.- Declarado el desistimiento "del proceso" el Juez dio por concluido el presente acto y .....