En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la presente demanda de Desalojo intentada por el ciudadano TEODORO JOSE PEREZ FALCON, asistido por las bogadas Dayalí Ibelisse Silva y Milenna Rosario Jiménez, inscritas en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo los Nros. 102.189 y 67.444 respectivamente, por ser IMPROCEDENTE. Se condena a la parte actora, ciudadano Teodoro José Pérez Falcón, titular de la Cédula de identidad N° V-2.911.299 al pago de las costas del presente juicio de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes por haber sido dictada la presente sentencia fuera del Lapso, de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil..
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y Sellado en la Sala d.....