En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDO EL EMBARGO EJECUTIVO, de los bienes señalados y avaluados por la suma de Cuatro Mil Cuatrocientos Diez Bolívares exactos (Bsf. 4.410,00), se desposesiona jurídicamente del patrimonio del demandado y se colocan en posesión de la depositaria judicial designada. Seguidamente la parte accionante, expreso: que se reservaba el derecho de seguir Embargando bienes del ejecutado, en virtud del que el monto Embargado no cubrió la obligación demandada, y por no contar con los medios necesario para el traslado de los bienes, solicito a este Tribunal de que dejara los bienes embargados ejecutivamente,