Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el recurso de nulidad interpuesto por la abogada en ejercicio de este domicilio, YANINA FIGUEROA, ya identificada, actuando en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos RAMON DEL VALLE BRAVO SUAREZ, JOSE RAMON BRAVO SUAREZ, AGUSTIN ACOSTA GONZALEZ, EDUARDO JOSE DULCEY CHAVEZ Y NIEVES ROSA MATOS ACOSTA contra la Resolución No. 0038-2000 de fecha 15 de febrero de 2000, emanada del Alclade del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.