Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado JOSE ALEJANDRO AGÛERO BELANDRIA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARNALDO DE FREITAS, en contra del auto dictado en fecha 15 de marzo de 2013, por el Juzgado Primero de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que niega la apelación interpuesta en contra de la decisión dictada el 26 de marzo de 2013 por el mismo Tribunal.