Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Declina el conocimiento del presente asunto en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Trujillo, que corresponda según su distribución, en razón al territorio.
SEGUNDO: Se ordena remitir el expediente al Juzgado competente con oficio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas porque ésta decisión no se pronunció sobre el fondo de la controversia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecinueve (19) días del mes de Junio de dos mil q.....