Se declaro CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos JOSE GREGORIO INFANTE, ARNALDO FIGUEROA y NOEL MOISÉS NAVAS, contra la SOCIEDAD MERCANTIL ALFARERIA AGUA BLANCA, C.A., y en consecuencia:
Se ordeno a la SOCIEDAD MERCANTIL ALFARERIA AGUA BLANCA, C. A., restituir en el ejercicio pleno de sus funciones laborales a los ciudadanos JOSE GREGORIO INFANTE, ARNALDO FIGUEROA y NOEL MOISÉS NAVAS, con el goce del salario y prerrogativas inherentes a sus respectivos cargos.