DISPOSITIVA
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el presente recurso de Amparo Constitucional incoado por los ciudadanos VICTOR CASTILLO CORONADO, GENIO MOLINA Y ALCIDES CACERES GIL contra COOPERATIVA BARCAVAL, R.L .
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los 19 días del mes de Julio del año dos mil cinco (2005).