Por cuanto están llenos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS ALFONZO AZUAJE MENDOZA y AURORA GOMEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-4.436.267 y V-5.004.990, respectivamente, el primero de este domicilio y la segunda domiciliada en la ciudad de Caracas, asistidos por la abogada ANGIE IZAGUIRRE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.184 y de este domicilio, en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído en fecha 22-12-1.981, por ante la Primera Autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Libertador (hoy. Oficina Subalterna del Registro Civil de la P.....