DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano LUIS ALBERTO RAMIREZ contra la empresa TRANSPORTE GAMA, C.A.
TERCERO: SE CONFIRMA la Sentencia dictada en fecha 30 de Mayo del 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.