Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la unidad económica alegada en contra la empresa URBANIZACIÓN GRAN VALLE DE CHARA C.A.- SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE REINALDO GONZALEZ, en contra de la demandada VIVIENDAS DE SALAMANCA C.A., ambas partes suficientemente identificadas a los autos.- TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.-