Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide así: PRIMERO: Se REPONE LA CAUSA al estado de al estado de celebrarse la Audiencia solicitada con la presencia indispensable de ambas partes y el partidor designado, en los términos señalados en la parte motiva del presente fallo...