Consta en autos, que éste Tribunal Accidental, por auto de fecha diez (10) de Julio del 2019, inserto al folio ochocientos seis (806), fijó la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Pruebas, e igualmente, consta en autos que en el día y hora fijados, no concurrieron las partes, ni sus apoderados, según se evidencia en auto de fecha quince (15) de Julio del 2019, cursante al folio ochocientos nueve (809), lo que trae como consecuencia, la EXTINCIÓN del proceso conforme a lo dispuesto en el Artículo 223 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.-