Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua a los nueve (9) días del mes de Julio de 2024. Años: 214° y 163°.-
La Juez,
Abg. Gregoria Escalona Torres La Secretaria Accidental,
Abg. Génesis Blanco
En esta misma fecha se publicó la presente decisión, siendo las 10:30 de la Mañana.
Conste.
Blanco/Secretari.....