este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. RESUELVE, PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal y, por vía de consecuencia, declara la libertad del ciudadano WILMER PEDROZO PEÑALOZA, de nacionalidad Venezolano, natural de Mérida Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 17.185.784, fecha de nacimiento 19-06-1984, soltero, sin oficio definido, de 25 años de edad, residenciado en el Barrio Juan de Dios González, calle 6 bis, por la Taguara de PAPAO, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien la Fiscal del Ministerio Público le imputa el delito de ROBO PROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 456 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana YULEIMA CAROLINA SALON CARL.....