DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 114 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Lirio Teran Matute, en su condición de Defensora Privada del ciudadano RHONNY ROMERO, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio 06 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 26/08/2014 y Fundamentada en fecha 02/06/2015, mediante el cual declaró CONDENÓ al ciudadano RHONY GERARDO ROMERO PACHECO titular de la cedula de identidad 13.505.365, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previstos y sancionados en los artículos 45 Ley Orgánica sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana menor de edad, de identidad omitida conforme a lo establecido en el artícu.....