PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el fallo del Juzgado 39° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 28 de julio de 2014, dictada en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y otros créditos derivados de la prestación de servicios, que siguen, NEIDA TORRES, FRANCIA PÉREZ, MARÍA ZAPATA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° 4.281.834, 12.686.963 y 9.098.902, respectivamente, y Otras; contra la entidad de trabajo, CLINICA LA ARBOLEDA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha, 26 de junio de 1960, bajo el N° 58, tomo 19-A; y solidariamente, contra la persona natural, MARIA KRAJEWSKI, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.013.025; la cual queda confirmada. SEGUNDO: Desistido el procedimiento y .....