Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada MILDA DEL VALLE ROBLES GASCON, titular de la cédula de identidad número V-7.878.330, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 100.686, quien actúa en su propio nombre y representación.
En consecuencia pasa este juzgador a precisar el contenido del dispositivo en el presente fallo:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada MILDA DEL VALLE ROBLES GASCON, titular de la cédula de identidad número V-7.878.330, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 100.686, actuando en su propio nombre y representació.....