Por las razones aquí expuestas, el Juez Superior Provisorio Abg. Reinaldo Rojas Requena, miembro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y competente para conocer esta Incidencia de Inhibición, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 7 del Artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada LEILA-LY DE JESÚS ZICARELLI DE FIGARELLI, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en el Asunto Principal Nº KP01-P-2006-005723.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese la presente decisión a la Juez Inhibida Abogada Leila-Ly De Jesús Zicarelli De Figarelli, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Dada, firmada y sellada de la Corte de Apelaciones del Cir.....