´Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LA TRANSACCION, en fase de MEDIACIÓN, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, presentada por el ciudadano RICARDO ARTURO MEJIAS parte actora, por medio su apoderado judicial OSCAR RAMÓN DELGADO ALVAREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 124.262 y por la parte demandada entidad de trabajo OPERACIONES LA CANDELARIA C.A. (PARKING CORP), por medio de sus apoderados judiciales ALFREDO MANCCINI TEKHAUS y NANCY RODRIGUEZ, abogados en ejerci.....