Decisiones del dia 19/09/2025
N° Expediente :
3121-2025
N° Sentencia :
Fecha: 19/09/2025
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: DEMANDANTE: CARMEN DIANA SOFFIATURO LÓPEZ Y ROSARIO CAROLINA SOFFIATURO LÓPEZ, DEMANDADO: ENZO JOSE SOFFIATURO RIVERO, ROSARIO DE LOS ANGELES SOFFIATURO RIVERO, ANDREINA MILAGROS SOFFIATURO CEIBA, DIANA CAROLINA SOFFIATURO CEIBA Y CARLOS EDUARDO SOFFIATURO RODRIGUEZ.
Resumen:
´Por no constar los mencionados documentos fundamentales solicitados en el auto de fecha 05 de junio de 2025, donde se insto a la parte actora a consignar los documentos Sucesorales, para determinar la cualidad o interés, se declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por las ciudadanas CARMEN DIANA SOFFIATURO LOPEZ y ROSARIO CAROLINA SOFFIATURO LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 9.839.165 y V-13.905.769, respectivamente, asistidas por el abogado en ejercicio DANIEL ONECIMO PÉREZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.240.727, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 306.327 contra los ciudadanos ENZO JOSE SOFFIATURO RIVERO, ROSARIO DE LOS ANGELES SOFFIATURO RIVERO, ANDREINA MILAGROS SOFFIATURO CEIBA, DIANA CAROLINA SOFFIATURO CEIBA y CARLOS EDUARDO SOFFIATURO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-19.377.028, V-17.278.587, V-21.395.871, V-21.395.87.....
Juez/Ponente:
Gregoria Ramona Escalona Torres
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito.
N° Expediente :
3123-2025
N° Sentencia :
Fecha: 19/09/2025
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: DEMANDANTE: CARMEN DIANA SOFFIATURO LOPEZ Y ROSARIO CAROLINA SOFFIATURO LOPEZ. DEMANDANDOS: ENZO JOSE SOFFIATURO RIVERO, ROSARIO DE LOS ANGELES SOFFIATURO RIVERO, ANDREINA MILAGROS SOFFIATURO CEIBA, DIANA CAROLINA SOFFIATURO CEIBA Y CARLOS EDUARDO SOFFIATURO RODRIGUEZ.
Resumen:
Por no constar los mencionados documentos fundamentales solicitados en el auto de fecha 05 de junio de 2025, donde se insto a la parte actora a consignar los documentos Sucesorales, para determinar la cualidad o interés, se declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por las ciudadanas CARMEN DIANA SOFFIATURO LOPEZ y ROSARIO CAROLINA SOFFIATURO LOPEZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 9.839.165 y V-13.905.769, respectivamente, asistidas por el abogado en ejercicio MANUEL PARRA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.693.361, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 9.857 contra los ciudadanos ENZO JOSE SOFFIATURO RIVERO, ROSARIO DE LOS ANGELES SOFFIATURO RIVERO, ANDREINA MILAGROS SOFFIATURO CEIBA, DIANA CAROLINA SOFFIATURO CEIBA y CARLOS EDUARDO SOFFIATURO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-19.377.028, V-17.278.587, V-21.395.871, V-21.395.872 y V-19.678......
Juez/Ponente:
Gregoria Ramona Escalona Torres
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito.
N° Expediente :
2003-2025
N° Sentencia :
1
Fecha: 19/09/2025
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento
Partes: SOLICITANTE: MARISELA DEL CARMEN MONTILLA DE AGUERO
Resumen:
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación de la Inserción del Acta de Nacimiento solicitada por la ciudadana MARISELA DEL CARMEN MONTILLA DE AGÜERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad N° V-22.107.226, con domicilio en la Avenida 18, con calle 22, casa S/N, Sector La Canal, Araure Estado Portuguesa, asistida por el abogado LUCILO ANTONIO TORRES ALEJOS, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 149.795.
SEGUNDO: Se ordena estampar la nota marginal en la Inserción del ACTA DE NACIMIENTO, signada con el N° N° 625, inserta en el Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, ya que debe decir.....
Juez/Ponente:
Tamari Coromoto Gutierrez Ocando
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito.
N° Expediente :
-SME-L-2025-000080
N° Sentencia :
Fecha: 19/09/2025
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes: PARTE ACTORA: YONAIKER M. PEREZ V., VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, IDENTIFICADO CON LA CEDULA NRO. V.-30.822.790., PARTE DEMANDADA: MICEVEN C.A., INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN FECHA 30/08/2019, BAJO EL NRO. 63, TOMO 47-A.
Resumen:
DE LA SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN
POR EL JUEZ
Por cuanto la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, entre otras cosas, ha establecido el criterio conforme al cual una vez concluida la relación de trabajo, puede el trabajador entrar a disponer el monto de los derechos que se hubieren consolidado a su favor, pues la prohibición es de hacerlo durante el curso de la relación o bien antes del inicio de la misma, pues el principio de irrenunciabilidad es de vigencia absoluta durante la vida de la relación de trabajo, pero una vez concluida la relación laboral, existe la posibilidad de transar respecto de los derechos y deberes que la terminación del contrato engendra o hace exigibles; por cuanto los acuerdo contenidos en este contrato son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; es por lo que ambas partes, de conformidad con lo preceptuado en el Parágrafo Único del Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trab.....
Juez/Ponente:
Romi Lisbeth Arape Escalona
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.
N° Expediente :
01091-A-25
N° Sentencia :
2667
Fecha: 19/09/2025
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: ASOCIACIÓN CIVIL "PRODUCTORES "EL TRÉBOL Y ASOCIADOS", VS EMPRESA MERCANTIL "ARROZ DE ACARIGUA C.A.",
Resumen:
Ahora bien, visto que el actor en el presente proceso no cumplió con la mencionada carga de demostrar la realización de dicha contraprestación, considera éste Juzgador que mal puede el mencionado contrato verbal que a su vez requiere ser traído al proceso a través de algún medio de prueba válido al igual que las aludidas "notas de crédito", servir de fundamento o causa eficiente para que sea dictado un decreto intimatorio, toda vez que el mismo no puede incorporar válidamente una deuda líquida y exigible judicialmente, tal y como lo exige el artículo 640 del Código de Procedimiento Civil; ni constituye prueba suficiente de la obligación demandada, en los términos establecidos en el artículo 644 eiusdem, toda vez que el documento señalado como "notas de crédito" no están todas aceptadas por lo que no puede ser considerada como "facturas" conforme a lo establecido en el artículo 147 del Código de Comercio y en atención a la jurisprudencia antes transcrita, por tratarse de la facturación .....
Juez/Ponente:
Lucas Alexander Blanco Velasquez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria