DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 1, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal; MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada contra de los ciudadanos Pedro Keyse Briceño González, Jean Carlos González Castillo y Johan Alberto Torrealba Durán, identificados en autos, a quien se le imputa la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y COOPERADORES INMEDIATOS EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR; tipo penales, previstos y sancionados en los artículos 5° en relación con el artículo 6° en sus ordinales 1° , 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. Notifíquese. Publíquese. Cúmplase.