Este Juzgado declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad de El Vigía, al cual acuerda remitir el presente expediente junto con oficio, transcurridos que sea el lapso de cinco días, contados a partir del primer día de Despacho siguiente a este, sin que ninguna de las partes haya solicitado la regulación de competencia, todo de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento civil.