, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus atribuciones y por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las anteriores diligencias TÍTULO suficiente de propiedad y posesión a favor del postulante, ciudadano MOISÉS VÍLCHEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 13.007.426, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, del vehículo distinguido con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, COLOR: BEIGE, PLACAS: 412-ADH, AÑO: 1975, MODELO: C-60, SERIAL DE CARROCERÍA: C6703DV202685, SERIAL DEL MOTOR: DV202685, CLASE: CAMIÓN, TIPO: VOLTEO, USO: CARGA, dejándose a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena oficiar nuevamente al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTTT) y al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Municipio Mar.....