Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida subsidiaria de suspensión de efectos por el abogado Rafael Fuguet Alba, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES NULUSA, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 418-09, dictada en fecha 15 de julio de 2009 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador (Sede Norte).
SEGUNDO: Se ADMITE provisionalmente el presente recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, ello sin examinar la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad, por exigirlo así el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos.....