DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos anteriormente este JUZGADO OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano IVÁN RIVAS contra la SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE ITALPORT C.A. por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos provenientes de la relación de trabajo.
SEGUNDO: Se ordena el pago por concepto de Prestaciones Sociales y demás conceptos provenientes de la relación de trabajo la cantidad de TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs.F. 13.143,23) monto reflejado en el valor de la moneda luego de la reconversión monetaria mas la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este tribunal, los intereses sobre prestaciones sociales y el pago de intere.....