En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado José Félix Escalona, en su condición de Juez Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante acta de inhibición de fecha cuatro (4) de Octubre de 2011, en el juicio intentado por la ciudadana FABIOLA MONTOYA YEPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 6.352.086 contra LABORATORIO MÓNACO, C.A., sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 02/12/1998bajo el n° 14, tomo 51-A, y SOFÍA GOMEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n° 2.917.481, observando que la misma cumple con los requisitos de pro.....