En consecuencia, este Tribunal, POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana y las leyes vigentes; HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional en los términos expuestos por las partes, dándole efecto       de  COSA JUZGADA, se ordena agregar a los autos el 
presente escrito. Igualmente, se dará por terminado este procedimiento ordenando el archivo y cierre informático del expediente. Por otra parte se acuerda expedir por secretaria dos (02) juegos de copias certificadas de la transacción y del presente auto, previa consignación de las copias simples a tal efecto,  de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Establece.
La Juez
ABG. CARMEN BEATRIZ SEGURA
La Secretaria
Abg.    Joanna Capuano