Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.655, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DOUGLAS ERNESTO MORALES ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº 6.683.201, contra la Vía de Hecho por excluirlo de la nómina de activos, la cual fue realizada por el Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 25 de enero de 2017..
Segundo: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.655, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DOUGLAS E.....