En consecuencia, este Tribunal 31° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales sigue el ciudadano LUIS EDUARDO MENDOZA Y OTROS en contra de COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) . Se acuerda dar por terminado, en auto por separado de egreso, una vez que adquiera firmeza la presente decisión. Es todo.