En fecha 19 de Octubre 2022, este Juzgado de Sustanciación, dictó decisión mediante la cual declaró lo siguiente "1.- COMPETENTE al Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital para conocer de la presente causa; 2.- ADMISIBLE la presente demanda; 3.- ORDEN[Ó] notificar al FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la SUPERINTENDENCIA ANTIMONOPOLIO, y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA(...) 4.- INST[Ó] a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Fiscal General de la República y al Procurador General de la República; 5.- ORDEN[Ó] solicitar el expediente administrativo de la presente causa a la SUPERINTENDENCIA ANTIMONOPOLIO; 6.- ACORD[Ó] abrir el respectivo cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida de suspensión de efecto (...) para lo cual se insta a la parte demandante consignar los fotostatos requeridos; 7.- ORDEN[Ó] librar cartel de emplazamiento dirigido a la sociedad mercantil PEGATAMKE FUERTE, C.A. y a to.....