Este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra la ciudadana ISABEL CAROLINA VERA, indocumentada, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 1 en concordancia con el artículo 2 ordinal 4° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los presupuestos del artículo 251y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centroccidental, permaneciendo en la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales hasta tanto le sean realizados los exámenes acordados. Se acordó la continuación del presente asunto por la vía del Procedimiento Ordinario. Cúmplase.