Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados CARLOS PÁEZ-PUMAR y VALENTINA VALERO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 72.029 y 66.382, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ROCCIO MESA GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.632.146, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 101-06, de fecha 31 de enero de 2.006, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.-