DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven plenamente identificado cumpla las sanciones, Imposición de Reglas de Conducta por el Lapso de diez (10) meses y Servicios a la Comunidad por el Lapso de tres (03) meses, por la comisión del delito de Detentación de arma de fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal se fija audiencia para la imposición de la presente decisión, para el día 19 de Febrero del 2009 a las 10:00 a.m, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones
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El Juez de Ejecución,
Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario